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CATALOGO LYRA-SONOLUX 78 RPM
CATALOGO
QUE CONTIENE TODOS LOS DISCOS PRENSADOS EN 78 RPM, EN LOS SELLOS LYRA Y SONOLUX
DESDE SUS INICIOS HASTA ENERO DE 1959. EL PRIMER 78 RPM DE LYRA, EL NUMERO 2000
FUE PRENSADO A FINALES DE 1949 (O COMIENZOS DE 1950) Y EL PRIMER 78 RPM DE
SONOLUX, EL NUMERO 1001, ESTIMO QUE PUDO HABERSE PRENSADO EN 1953.
Quienes
sepan del año de grabación de alguno de estos 78s, favor comentarlo. En el álbum
ya coloqué algunas fechas que he estimado basado en las biografías, pero puedo
estar equivocado (y espero me corrijan). La idea es que entre todos logremos
descifrar el orden cronológico del catálogo, ya que lamentablemente las
disqueras no le colocaban el año a los discos que publicaban.
martes, 12 de abril de 2016
IMPUGNACION
UN EJEMPLO DE CÓMO HACER UNA IMPUGNACIÓN CONTRA LOS LADRONES DE THE ORCHARD.
A continuación, a través de imágenes, ilustro el proceso de reclamación
contra estos ladrones masivos de contenido en you tube, llamados THE
ORCHARD MUSIC, una empresa gringa que se dedicó a apoderarse de los
videos libres de copyright que publican los ususarios en You Tube.
Este ejemplo, para que no queden dudas de que estoy diciendo la verdad,
lo haré con el tema EL QUE SABE SABE del cantante, ya fallecido GILDARDO
ANGARITA. Conocido artisticamente como EL CHIQUITIN DEL SUROESTE.
El video fue grabado CON MI CAMARA en el VALCON DE MI CASA en Medellín,
Colombia. La persona que aparece sentada en el valcón, es el mismo
GILDARDO ANGARITA. O sea que las imágenes del video son de mi completa
autoría y propiedad.
Por su parte, el audio del video corresponde a una canción (Autoría de
Horacio y Orlando Correa, ya fallecidos) y cantada por el mismo
GILDARDO, la cual ni siquiera está registrada en SAYCO/ACIMPRO. Es
decir, GILDARDO NI SIQUIERA RECIBIA REGALIAS por esa canción. GILDARDO
la grabó en la desaparecida disquera DISCOS COLÓN, la cual hacía más de
20 años no le pagaba regalías a los artistas que grabaron en ella. El
asunto es que GILDARDO me autorizó para que yo le promocionara sus
canciones en mi canal, por lo que tengo TODOS LOS DERECHOS de
PUBLICARLA, los que no tienen ningún derecho a decir que esta canción
les pertenece son los ladrones de THE ORCHARD.
Pero como el ladrón no tiene vergüenza, THE ORCHARD resultó reclamando,
no solo el audio, sino también las imágenes, pues en la reclamación
decía CONTENIDO AUDIOVISUAL propiedad de THE ORCHARD, como queriendo
decir que LAS IMÁGENES ERAN DE ELLOS AL IGUAL QUE EL AUDIO. Esto es como
para uno cortarse una güeva, pero así de descarados son estos putos
ladrones.
Bueno, sin más preámbulo, miremos el proceso:
1 - NOS VAMOS A NUESTRO CANAL DE YOU TUBE, EN LA PESTAÑA "GESTOR DE
VIDEOS" PODEMOS VER LA LISTA DE VIDEOS SUBIDOS Y A LA DERECHA DE CADA
UNO, EN CASO DE HABER SIDO RECLAMADO, APARECERA CON LETRA AZUL UN
MENSAJE COMO EL QUE SE MUESTRA EN LA IMÁGEN. DAMOS CLIC SOBRE ESE LETRERO AZUL.
2 - EN ESTA IMÁGEN PODEMOS APRECIAR QUE EL RECLAMANTE ES THE ORCHARD Y
SE ATRIBUYE LOS DERECHOS SOBRE EL CONTENIDO AUDIOVISUAL (AUDIO +
IMÁGENES DEL VIDEO). ADEMÁS, NOS DICE QUE EL RECLAMANTE OBTIENE
INGRESOS, ES DECIR, ESTÁ GANANDO DINERO A COSTA DEL TRABAJO QUE YO HICE.
¿MARAVILLOSO NO?. Entonces damos CLIC EN IMPUGNAR
3 - SELECCIONAMOS LA OPCIÓN: El video es mi contenido original...
Luego clic en CONTINUAR.
4 - Chuliamos la opción Estoy Seguro...
y luego clic en Continaur
5 - Proporcionamos la explicación del caso.
En este caso escribí lo mismo que les dije al comienzo de este post.
Ahora, como pueden apreciar en la imágen, en el primer cuadrito negro,
dice: Reclamaciones para impugnar, "Various Artists - EL QUE SABE SABE EL CHIQUITIN DEL SUROESTE Gildardo Angarita MUSICA PARRANDERA PAISA".
Esto significa que la reclamación es más falsa que una moneda de cuero,
porque cuando la reclamación es REAL. Por ejemplo la que hace SONY BMG o
DISCOS FUENTES o cualquier disquera LEGAL. Siempre en ese campo le
colocan a uno EL INTERPRETE y el TITULO DE LA CANCION RECLAMADA (incluso
así uno haya subido el tema con otro título, o así sea un video con
música de fondo).
En este caso vemos que THE ORCHARD, al ignorar el tema que estaba
reclamando, y como seguramente tiene un ROBOT que hace esto. Lo que hizo
fue, en el campo del intérprete colocó VARIOUS ARTISTS y en el titulo,
como tampoco lo saben, colocó EL NOMBRE COMPLETO DEL VIDEO, como se
aprecia en este ejemplo. Esto es una PRUEBA CLARA de que THE ORCHARD NO
TIENE NI SIQUIERA CONCIENCIA DEL TITULO Y EL INTERPRETE DE LA CANCION
QUE ESTA RECLAMANDO COMO SUYA.
6 - Chuliamos estos dos campos, firmamos y damos clic en Continuar
7 - Clic en ENVIAR IMPUGNACION y ACEPTAR
FIN DE LA IMPUGNACIÓN
LOS DEJO AHORA CON CUATRO IMÁGENES QUE ILUSTRAN UNA MANERA SIMPLE DE DIFERENCIAR UNA RECLAMACIÓN FALSA DE THE ORCHARD MUSIC DE UNA RECLAMACIÓN LEGAL:
PRIMERA GRAN DIFERENCIA
IMAGEN 1: RECLAMACIÓN LEGAL
En el campo CONTENIDO espefica el título y el intérprete de la canción
En el campo RECLAMANTE especifica en nombre de quién está reclamando
IMAGEN 2: RECLAMACIÓN FALSA
En el campo CONTENIDO, NO espefica el título y el intérprete de la
canción. Solo dice Contenido audiovisual (otras veces dice solamente
contenido visual)
En el campo RECLAMANTE, NO especifica en nombre de quién está reclamando
SEGUNDA GRAN DIFERENCIA
IMÁGEN 3 RECLAMACIÓN LEGAL
En el campo Reclamaciones para impugnar, espeficica el nombre correcto y
real del INTÉRPRETE seguido del TÍTULO real de la canción.
IMÁGEN 4 RECLAMACIÓN FALSA
En el campo Reclamaciones para impugnar, NO espeficica el nombre
correcto y real del INTÉRPRETE y NO especifica el TÍTULO real de la
canción.
En vez de esto, colocan de manera genérica lo siguiente:
INTÉRPRETE: Colocan simplemente Various Artists
TÍTULO: Colocan por defecto el nombre completo que el usuario le asignó al video.
LOS DEJO CON UN VIDEO TUTORIAL EXPLICANDO LO EXPUESTO EN ESTE POST:
martes, 5 de abril de 2016
CATALOGO INS
CATÁLOGO GENERAL DE DISCOS LP DEL SELLO INDUSTRIA NACIONAL DEL SONIDO
(INS - METROPOLI - FABULOSO - SELLO NEGRO - FONODISCO - CORONA -
INFOCOL)
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